Este estudio pretende realizar una aproximación a la llamada “doctrina Parot” atendiendo al particular entorno político y social en que se formuló, prestando atención a las instituciones jurídicas a las que ha afectado, sus orígenes y desarrollo; y conectándola con las actuales tendencias doctrinales y legales que parecen significar un retorno al positivismo y al retribucionismo de épocas pasadas. Y en tal dinámica, el profundo significado de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos del Hombre (TEDH) de Estrasburgo, en su interpretación del artículo 7 en conexión con el artículo 5 de la Convención Europea de Derechos del Hombre (CEDH), de lo que da cuenta la Sentencia del TEDH de 21 de octubre de 2013, dictada en el caso “del Río c. España”.
Concepción Sáez Rodríguez, Julián Carlos Ríos Martín, «Del origen al fin de la doctrina Parot.. », InDret 3.14