El nuevo seguro obligatorio de vehículos personales ligeros
Según el Anuario Estadístico General de la Dirección General de Tráfico, en el año 2024, último del que existen datos publicados, circulaban por las calles y carreteras de nuestro país un total de 36.241.784 vehículos. La mayor parte de ellos son turismos (25.244.531) y camiones y furgonetas (5.203.435), a los que se suman las motocicletas (4.338.881), los autobuses (67.432) y los tractores industriales (259.417). El Anuario también incluye en el censo de vehículos, aunque no dispongan de motor, a los remolques y semirremolques (554.592) y a una miscelánea categorizada como ‘Otros vehículos’, cuyo número en el año 2024 ascendía a 573.496.
A partir de ahora, habrá que añadir una nueva categoría para contabilizar a los «vehículos personales ligeros». Con esa expresión, la nueva redacción del Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, se refiere a buena parte de los que se han venido conociendo como Vehículos de Movilidad Personal (VMP o PMD, por las siglas de la expresión inglesa Personal Mobility Devices).
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