3.04

¿Por este orden?
Comentario a la SAP Cantabria, Sec. 4ª, 23.12.2003

El derecho español de daños se halla sumido en una pluralidad de regímenes jurídicos injustificable. A las reglas tradicionales de los Códigos Civil y Penal y del derecho administrativo han venido recientemente a añadirse las previstas para los padres y otros titulares de funciones de guarda en el art. 61.3 de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero. La aplicación de esta norma, de desafortunada factura, plantea y seguirá planteando en el futuro numerosos problemas. La sentencia que aquí se comenta es un claro exponente de ello, y reúne en su seno algunas de las más controvertidas cuestiones, tanto procesales como materiales, que en la aplicación del citado art. 61.3 se han plateado hasta la fecha.

Jordi Carrera Domènech, «¿Por este orden?. Comentario a la SAP Cantabria, Sec. 4ª, 23.12.2003», InDret 3.04