El protectorado de fundaciones en el Código civil de Cataluña
La regulación del Libro III y algunos posibles desarrollos anunciados en el Anteproyecto de Ley del Protectorado
La administración ejerce a través del protectorado el control sobre las fundaciones para asegurar y contribuir al correcto ejercicio del derecho de fundación y al cumplimiento de las finalidades fundacionales. El caso Palau de la Música ha puesto nuevamente de actualidad las fundaciones y especialmente el control que sobre ellas se ejerce aunque aporta escasas novedades en las propuestas de regulación. El protectorado es una institución consubstancial a las fundaciones que goza de amplias facultades. Presentamos aquí, a modo de comentario, la regulación que del protectorado se hace en el libro III del Código civil de Cataluña e incluimos algunas de las novedades que incorpora el anteproyecto de ley del protectorado.
—
Charities Protectorate in the Catalan civil Code: regulation in Chapter III and some new proposals in prelegislative materials
Administrative powers included under the figure “Protectorate”, similar to “Charity Commission” in the UK or “State powers” in US, control charities as a contribution to correct exercise of the figure and achieve their targets. Recent fraud in “Palau de la Musica” put charities on the focus and particularly the exercise of this control powers by the administration. Protectorate is an institution consubstantial to charities that has wide powers. This paper presents Protectorate’s regulation in the Catalan civil Code and also some proposals included in a new prelegislative project.