Algunas precisiones sobre la reforma de la cláusula penal en la Propuesta de Modernización del Código Civil en materia de Obligaciones y Contratos
Presentado en la I Conferencia Anual de la Asociación Española de Derecho y Economía, celebrada el 1 y 2 de julio en la Universidad Autónoma de Madrid
Estas páginas recogen algunas observaciones formuladas a la ponencia «Aciertos y desaciertos de la reforma de la cláusula penal en la Propuesta de Modernización del Código Civil», presentada por el profesor Ignacio Marín García en la I Conferencia Anual de la Asociación Española de Derecho y Economía. Las cuestiones abordadas se refieren a algunos de los aspectos más relevantes de la citada Propuesta en relación con el régimen jurídico de la cláusula penal, en especial, a la diferencia entre indemnización convenida y pena convenida, a la introducción de la facultad judicial de moderación de la pena por razones de equidad (artículo 1150) y a la posibilidad o no del acreedor de exigir, junto con la pena, el cumplimiento específico de la obligación principal o la resolución del contrato (artículo 1149).
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The Penalty Clause in the Tentative Draft Bill for the Modernization of the Spanish Contract Law
The Tentative Draft Bill for the Modernization of the Contract Law prepared by the Codification General Commission reforms the IV Book of the Spanish Civil Code. The Draft substantially modifies the penalty clause regime, since it introduces the judicial review of the penalty on the grounds of equity and the loss of the promisee’s right to claim liquidated damages once specific performance has been required. The Draft also provides general rules to statutorily govern advance payments in non-commercial contracts.