1.04

Información personal y deber de colaboración: los asuntos Egin y Nueva España
Comentario a las SSTS, 1ª, de 5.7.2002 y 31.12.2002

En este comentario analizó la contribución del Tribunal Supremo español en la distribución de titularidades sobre la información personal y los medios jurídicos que aplica para proteger estas titularidades. Para ello parto defino información personal en sentido amplio, que incluye toda información oral o escrita, contenida en un texto, imagen o la voz, que se refiera a una persona o sirva para identificarla y cuya publicación pueda afectar a sus intereses del honor, la intimidad u otros patrimoniales.

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José Luis González Rodríguez, «Información personal y deber de colaboración: los asuntos Egin y Nueva España. Comentario a las SSTS, 1ª, de 5.7.2002 y 31.12.2002», InDret 1.04