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Las tasas judiciales: una controvertida alternativa de financiación de la Justicia

El Estado social y democrático de Derecho reconoce como uno de sus pilares fundamentales la existencia de una Administración de Justicia eficaz, eficiente, rápida y de calidad. Siendo esto así, el ejercicio de la potestad jurisdiccional constituye un elemento básico de la estructura colectiva. La comunidad exige, por tanto, que dicha prestación le sea brindada de forma satisfactoria, lo que preceptivamente implica un gasto señeramente significativo. La importancia de esas cantidades y la continua exigencia de mayor financiación han derivado indefectiblemente en los últimos tiempos en el viejo debate acerca de quién debe asumir dichos costes. En esta tesitura, dos son las alternativas que, de ordinario, se barajan: la financiación íntegra e inexcusable por parte del Estado (es decir, por todos los contribuyentes) a través de las correspondientes asignaciones en los Presupuestos Generales; o repercutir todo o parte de ese coste en el usuario a través de la imposición del oportuno tributo, una «tasa judicial», que grave la recepción del servicio de la Justicia y permita, al menos, la cofinanciación del mismo.

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Marcos Loredo Colunga, «Las tasas judiciales: una controvertida alternativa de financiación de la Justicia. », InDret 1.05