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Ne bis in ídem: ¿un principio transnacional de rango constitucional en la Unión Europea?

Los ciudadanos y las empresas se globalizan: utilizan de manera creciente sus derechos a la libre circulación, al libre establecimiento, a ofrecer bienes y servicios, a realizar transacciones financieras, etc. En este contexto, los sistemas de aplicación de la ley, incluido el sistema penal, tienen que mantenerse. Están obligados a ir al extranjero para la obtención de pruebas, para proceder a la detención y la extradición o entrega de los sospechosos, para el decomiso de los bienes, para abordar los conflictos de jurisdicción y la asignación de la investigación y enjuiciamiento penal. La globalización de los sistemas de justicia penal aumenta el riesgo de doble enjuiciamiento y de doble castigo. ¿Tienen las personas (jurídicas) el derecho (fundamental) a no ser juzgadas o castigadas dos veces por los mismos hechos en un mundo globalizado e integrador? ¿Están protegidos contra esta doble persecución en la configuración de la justicia penal transnacional, como por ejemplo en el espacio de libertad, seguridad y justicia de la UE? ¿Tiene el principio ne bis in idem un alcance transnacional? Si es así, ¿qué significa esto y cuáles son los obstáculos y las excepciones? Con el planteamiento de estas cuestiones, el presente trabajo se pregunta si la persona (jurídica) puede deducir un derecho a la protección transnacional frente al bis in idem en el espacio de libertad, seguridad y justicia de las diferentes fuentes obligatorias: el derecho nacional, el derecho internacional público (normas de derechos humanos y asistencia jurídica mutua) y el derecho de la UE. Del análisis de estas fuentes y de la jurisprudencia, concluyo que las personas (jurídicas) están desprotegidas frente a un doble enjuiciamiento transnacional, con excepción del ne bis in idem transnacional en el espacio europeo de libertad, seguridad y justicia. Sin embargo, incluso en este último las excepciones, exenciones, reservas e interpretaciones enfrentadas basadas en la soberanía nacional socavan el fundamento y el alcance de un auténtico principio ne bis in idem transnacional en un espacio común de justicia penal transnacional.

Towards a Transnational Constitutional Principle in the EU?

Citizens and companies globalize: they use in an increasing way their rights to free movement, to free settlement, to offer services and goods, to realize financial transactions, etc. Enforcement systems, including the criminal justice system have to follow. They are obliged to go abroad for gathering evidence, for detention and extradition or surrender of suspects, for confiscation of assets, for dealing with conflicts of jurisdiction and choice of allocation of criminal investigation and adjudication. Globalizing criminal justice systems do increase the risk of double prosecution and or double punishment. Have (legal) persons the (fundamental) right not to be prosecuted or punished twice for the same facts in a globalizing and integrating world. Are they protected against these double jeopardy in settings of transnational criminal justice, as for instance in the EU area of freedom, security and justice? Has the ne bis in idem principle a transnational reach? If so, what does this mean and what are the obstacles and exceptions? Posing these questions, this article asks whether the (legal) person can derive a right to transnational protection in the area of freedom, security and justice from the different sources of ne bis in idem obligations, in domestic law, in the international public law (human rights law and mutual legal assistance) and in EU law. Analysing these sources and its case-law, I come to the conclusion that the (legal) persons are unprotected against transnational double jeopardy, with exception of the transnational ne bis in idem in the EU area of freedom, security and justice. However, even in the latter exceptions, derogations, reservations and draw back interpretations based on national sovereignty undermine the rationale and scope of a real transnational ne bis in idem principle in a common space of transnational criminal justice.

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John A.E. Vervaele, «Ne bis in ídem: ¿un principio transnacional de rango constitucional en la Unión Europea?. », InDret 1.14