4.04

Nuevas normas comunitarias en materia de responsabilidad parental (Reglamento (CE) nº 2201/2003 del Consejo, de 27.11.2003)

El Reglamento (CE) no 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, en materia matrimonial y de responsabilidad parental se aplicará a partir del 1 de marzo de 2005 (a excepción de los artículos 67, 68, 69 y 70, que se aplican a partir del 1o de agosto de 2004) en todos los Estados miembros de la Unión Europea (salvo Dinamarca). Este texto remplaza el Reglamento (CE) no 1347/2000 en la materia, y modifica el Reglamento 44/2001 en lo que concierne a la obligación de alimentos. Contiene normas de derecho procesal civil internacional (competencia judicial y reconocimiento de decisiones) y de cooperación de autoridades. En materia de crisis matrimoniales, sólo incorpora las disposiciones del texto anterior (ver concordancias en el anexo V). Pero en materia de responsabilidad parental y de sustracción de menores introduce importantes innovaciones, que son deudoras de los Convenios de La Haya de 1980 y de 1996, pero no sólo deudoras. Es de destacar que suprime la necesidad del exequatur para las decisiones de derecho de visita y de restitución del menor sustraído que sean certificadas conforme al Reglamento (anexos III y IV). Este trabajo analiza las nuevas disposiciones y hace hincapié en las soluciones aportadas al problema de la sustracción de menores, defendiendo el refuerzo de la cooperación intracomunitaria para atajar este problema.

Ana Quiñones Escámez, «Nuevas normas comunitarias en materia de responsabilidad parental (Reglamento (CE) nº 2201/2003 del Consejo, de 27.11.2003). », InDret 4.04