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Racionalidad económica de las sociedades profesionales

La tantas veces criticada falta de adecuación entre el derecho y la realidad también caracteriza el sector de los servicios profesionales: mientras la realidad social muestra una tendencia generalizada a la societarización profesional, esto es, a organizar la prestación de servicios profesionales por medio de sociedades, el mundo jurídico, todavía hoy, evidencia fisuras a la hora de reconocer abiertamente la legitimidad del fenómeno societario profesional. El centro de la polémica se encuentra en la alegación de que la personificación jurídica de la sociedad es incompatible con el régimen estatutario del profesional liberal, esto es, con el carácter personalizado de la prestación, con la independencia en el ejercicio, con la responsabilidad personal, etc. Ante este panorama no es de extrañar que los esfuerzos de quienes inicialmente se han ocupado del tema se hayan dirigido, en primer lugar, a demostrar la perfecta compatibilidad y coherencia del ejercicio profesional con el esquema societario y, en segundo lugar, a intentar ofrecer una cobertura legal a este fenómeno social a través de un régimen jurídico adecuado al ejercicio colectivo de la profesión (vid. C. MORENO, 1994; A. DELGADO, 1996; R. GARCÍA, 1997; A. CAMPINS, 2000)
La labor que ahora nos ocupa se sitúa entre las dos recién mencionadas. La necesidad de ofrecer una solución legal a las sociedades profesionales no es -o, por lo menos, no debe ser- la consecuencia directa de demostrar que el ejercicio profesional y el esquema societario son compatibles, sino sobre todo, que es una combinación eficiente. Éste es en concreto el objeto de las páginas que siguen. Explicar las ventajas que, en términos económicos, se derivan de la utilización de las sociedades profesionales, ventajas que, como seguidamente veremos, las convierten, en términos generales, en instrumentos organizativos más eficientes que otras formas de ejercer la profesión y, en última instancia, explican la extendida generalización de estas sociedades en el tráfico. Comprobaremos, en particular, cómo estas ventajas se aprovechan no sólo por los profesionales que deciden constituirlas, sino también por los clientes que contratan con las mismas, lo que, sin duda, aumenta la legitimidad social de la sociedad profesional y su utilidad para aumentar el bienestar social.

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Aurora Campins Vargas, «Racionalidad económica de las sociedades profesionales. », InDret 1.01