4.05

Responsabilidad civil extracontractual por ruidos en Derecho alemán y en Derecho español

Los órganos jurisdiccionales españoles, incluido el TC, se han ocupado en los últimos años de activar la protección que el ordenamiento ofrece a quienes padecen molestias y todo tipo de daños a consecuencia del ruido, siguiendo la estela del TEDH. El anclaje de esa protección en derechos fundamentales y valores constitucionales ha sido determinante en el impulso que los mecanismos jurídicos de lucha contra un elemento omnipresente en las sociedades modernas han recibido en España, un país en el que el ruido se manifiesta de manera casi constante y en muchos casos incontrolada. Este trabajo aborda un aspecto muy concreto de la cuestión: la protección jurídico-civil frente al ruido. De entre todos los mecanismos jurídico-civiles que permiten reaccionar frente al ruido, el análisis se centra en uno de ellos: el de la responsabilidad civil extracontractual, por las diferencias significativas que se detectan entre los Derechos español y alemán en este punto, algunas de las cuales derivan de la distinta configuración de la responsabilidad extracontractual en ambos ordenamientos, y otras del diferente acercamiento normativo y jurisprudencial al fenómeno ruidoso en los dos Derechos, derivado a su vez de condicionamientos sociológicos y culturales muy diversos. En realidad, son tres los sistemas jurídicos objeto de análisis y comparación, porque en España hay algunas diferencias notables en este punto entre el Derecho civil común y el catalán, a las que también se hace referencia.

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María Ángeles Martín Vida, «Responsabilidad civil extracontractual por ruidos en Derecho alemán y en Derecho español. », InDret 4.05