3.06

Solidaridad y prevención
Una reflexión sobre los efectos de la solidaridad entre los responsables de un daño

Con frecuencia, y con una frecuencia cada vez mayor, los accidentes por los que se reclama una indemnización pueden ser puestos a cargo de varios responsables. Cuando así sucede, una consolidada jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo aplica el régimen de la responsabilidad solidaria de deudores para facilitar que la víctima pueda ejecutar en cualquiera de los patrimonios condenados el importe íntegro de la indemnización. La solidaridad entre los responsables de un daño se ha convertido, de este modo, en la solución universal a los casos en que varios potenciales responsables de un daño son demandados conjuntamente por su víctima.

La responsabilidad solidaria ha dejado de ser así la regla para los casos en que no es posible distribuir la responsabilidad entre los varios responsables para convertirse, en la legislación y la jurisprudencia, en el régimen de responsabilidad general en la mayoría de casos en que varios agentes son codemandados. La regla, como afirma la jurisprudencia que se analizará en este trabajo, otorga a la víctima del daño una protección más eficaz. Sin embargo, y como se verá en las páginas siguientes, la solidaridad distorsiona los incentivos a la prevención y, por ello, su aplicación debería ser prudente y restrictiva.

Carlos Gómez Ligüerre, «Solidaridad y prevención. Una reflexión sobre los efectos de la solidaridad entre los responsables de un daño», InDret 3.06