4.02

Comentario a la sentencia del Tribunal supremo, Sala 1ª, 20.2.2002: el daño moral de las personas jurídicas

La sentencia del Tribunal Supremo, sala 1a, 20.02.2002, es una de las muestras más claras en la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo de la acusada tendencia de la jurisprudencia española, ya criticada en InDret (Daño moral), a entender de manera muy laxa la categoría del daño moral y, en particular, a indemnizar bajo la denominación de daños morales ciertas pérdidas patrimoniales de empresas y sociedades mercantiles. La sentencia da igualmente ocasión a suscitar la definición del nivel de diligencia exigible a los medios de comunicación en la comprobación de rumores o soplos antes de convertirlos en noticia publicada. Este segundo aspecto, sin embargo, no será objeto de este breve comentario.

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Fernando Gómez Pomar, «Comentario a la sentencia del Tribunal supremo, Sala 1ª, 20.2.2002: el daño moral de las personas jurídicas. », InDret 4.02