1.22

El incumplimiento de los deberes conyugales y la pensión compensatoria

Universidad de Cádiz

Reception
11/07/2021Acceptance
15/12/2021

El art. 97 C.C. no señala entre las circunstancias a tener en cuenta en la configuración de la pensión compensatoria el comportamiento de los esposos y el grado de cumplimiento de sus deberes conyugales. Este hecho, sumado a lo sucedido durante el proceso legislativo de la ley 30/1981, ha llevado a la doctrina y jurisprudencia mayoritarias a desvincular la culpabilidad de la pensión compensatoria. A pesar de ello, resulta chocante que ciertas situaciones graves provocadas por el potencial acreedor a la pensión compensatoria no deban ser tenidas en cuenta por el juez. Por tal razón, en este trabajo se analizarán nuevamente los argumentos esgrimidos por la doctrina y la jurisprudencia con el objetivo de determinar si, a la luz de los mismos, existe una justificación razonable para excluir la culpabilidad de la pensión compensatoria o si, por el contrario, esta circunstancia debe ser tenida en cuenta por el juez cuando realmente sea relevante.

The breach of marital duties and compensatory pension

The behaviour of the spouses is not indicated among the circumstances to configure the compensatory pension in the art. 97 Spanish civil code. This point, added to the facts that happened in the legislative process of the Ley 30/1981, has meant that most of the doctrine and case law decouple culpability from the compensatory pension. Despite this, it is shocking that a judge cannot consider certain serious situations caused by the potential compensatory pension creditor. For this reason, in this paper, we analyze again the doctrine and case law arguments in order to determine if there is a reasonable justification to exclude the culpability of the compensatory pension or if, on the contrary, the culpability must be taken into account by the judge when it is really relevant.

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Carlos Varela Gil, «El incumplimiento de los deberes conyugales y la pensión compensatoria. », InDret 1.22 ,pp. 86-128