3.02

Falsos positivos.
La responsabilidad civil derivada del diagnóstico erróneo de enfermedades

El objeto de este trabajo es el estudio de la responsabilidad civil derivada de los daños originados por el diagnóstico erróneo de una enfermedad que el paciente realmente no padece. El caso paradigmático es el error de diagnóstico del SIDA, al que la jurisprudencia y la doctrina norteamericanas han prestado especial atención, si bien el diagnóstico erróneo de otras enfermedades, como la hepatitis o la sífilis, también ha llegado a conocimiento de los Tribunales. En España, los casos de diagnóstico erróneo de este tipo de enfermedades son infrecuentes en la jurisprudencia, pero no por ello desconocidos: en concreto, hemos accedido a siete decisiones judiciales en la materia, de las cuales sólo una fue dictada por el Tribunal Supremo. Por otro lado, la doctrina no se ha ocupado de este supuesto de responsabilidad.

En las páginas que siguen no se estudian, en cambio, el error de diagnóstico cometido por el facultativo en el transcurso de la asistencia sanitaria que le llevará a aplicar un tratamiento equivocado, ni tampoco las posibles pretensiones indemnizatorias por miedo a contraer el SIDA tras haber estado expuesto a una de las posibles vías de contagio, conocido en la doctrina americana como recovery for emotional distress based on fear of contracting HIV or AIDS.

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Joan Carles Seuba Torreblanca, Álvaro Luna Yerga, Sonia Ramos González, «Falsos positivos.. La responsabilidad civil derivada del diagnóstico erróneo de enfermedades», InDret 3.02