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Editorial

II Harvard Course in Law and Economics: Corporate Governance and Tort Reform

Profesores de Derecho y de Economía, abogados y doctorandos en ambas disciplinas se han reunido en el John M. Olin Center for Law, Economics and Business de la Harvard Law School para afrontar y debatir algunos de los temas más candentes del análisis económico del Derecho de daños y del Derecho de sociedades. El encuentro ha tenido lugar entre el 10 y el 14 de este mes de octubre, en el marco de la segunda edición del Harvard Course in Law and Economics, organizado por el Real Colegio Complutense en Harvard y por la Harvard Law School, y patrocinado por la Fundación Rafael del Pino. Pocos están mejor situados para ilustrar el estado de salud del análisis económico del derecho en las dos áreas –Torts y Corporations- en las que tradicionalmente ha sido mejor acogido que los Profs . Steven M . SHAVELL y George L. PRIEST (el primero, de la Harvard Law School, de su contrapartida Yale Law School el segundo), para Torts, y los Profs. Reinier H. KRAAKMAN y Lucian A. BEBCHUCK (ambos de la Harvard Law School), para Corporations. Asimismo, y como novedad de esta segunda edición del Curso, algunos de los jóvenes investigadores que han participado en estas jornadas han tenido la oportunidad de presentar y discutir los resultados de sus trabajos más recientes. El análisis económico del derecho de daños goza de buena -aunque no perfecta- salud en los Estados Unidos de América. Cuenta SHAVELL que en los últimos años, y de forma creciente, las sentencias de las distintas jurisdicciones norteamericanas –y no tan sólo las dictadas por algunos de los fundadores del moderno análisis económico del derecho, como Guido CALABRESI o Richard A. POSNER, que ahora son jueces federales de apelación- vienen incorporando en sus fundamentos jurídicos razonamientos de sabor económico que hasta el momento sólo encontrábamos en los libros o en los artículos de los lawyer-economists. La actual extensión de los instrumentos de las ciencias sociales al análisis del derecho será percibida dentro de 100 años como un momento esencialmente revolucionario en la historia del pensamiento jurídico, que conducirá al predominio de las ciencias sociales en la actividad académica referida al sistema jurídico, así como en la elaboración y producción de normas jurídicas, según SHAVELL. De momento, y con mucha mayor modestia, de los participantes en el curso ha surgido la constitución de la Asociación Española de Análisis Económico del Derecho, cuyo objeto es el apoyo y estímulo a la extensión de la aproximación económica del Derecho en los ámbitos jurídicos de lengua española. En la actualidad, existe entre los profesores de Derecho norteamericanos la percepción generalizada de que el tradicional método del caso, originario de la propia Harvard Law School, ha dejado de ser la única fórmula válida para enseñar Derecho en los Estados Unidos de América. Ante este panorama, los modelos teóricos de la ciencia jurídica, y entre ellos el que representa el análisis económico del derecho, tienen mucho que decir. Desde sus inicios, InDret ha seguido y participado activamente en […]

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