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La ventaja o explotación injusta en el ¿futuro? Derecho contractual

Desde muy antiguo, la presencia de intercambios contractuales en los que cabe apreciar un fuerte desequilibrio en el valor de las prestaciones intercambiadas ha suscitado, por lo menos, perplejidad y no pocas dudas en torno a su admisibilidad. Una de las formas de combatir esta perplejidad y dudas ha sido la de reconocer que, si la producción de ese resultado desproporcionadamente desequilibrado obedece a una explotación injustificable por una de las partes del contrato de una determinada situación de debilidad de la otra (necesidad extrema, ignorancia, inexperiencia u otras), la parte “débil” debe contar con un remedio para eliminar o, al menos, paliar las consecuencias de ese contrato inicuo. Pues bien, en los textos sobre derecho contractual de corte no nacional que se han venido produciendo en los últimos decenios ha devenido lugar común la introducción de una regla sobre la unfair exploitation o gross disparity (según el texto), lo que ha derivado en un estado de aceptación generalizada de la bondad de incorporar una norma semejante en los proyectos nacionales de reforma del derecho de contratos. Y así ha sido también en el ámbito del Derecho contractual en España, y concretamente, en el ámbito del Derecho estatal y en el del Derecho catalán, tributarios ambos de tradiciones radicalmente opuestas en la cuestión del desequilibrio de prestaciones en los contratos de intercambio. En este trabajo se analiza el tratamiento de este problema en las distintas propuestas de un nuevo derecho contractual, con atención específica a los proyectos estatal y catalán en el ámbito del Derecho español.

Unfair advantage or exploitation in a new contract law

From time immemorial, the existence of contractual exchanges in which there appears to be a marked imbalance in the value of the objects or services exchanged has given rise, at the very least, to perplexity and serious doubts about its admissibility. One way of combating this perplexity and these doubts has been to recognise that if this disproportionally imbalanced outcome is due to unjustifiable exploitation by one of the parties to the contract of a particular situation of weakness in the other party (extreme need, ignorance, inexperience or others), the “weak” party is entitled to a remedy to eliminate or at least mitigate the consequences of that iniquitous contract. During the last decades, it has become commonplace for texts on contractual law of a non-local nature to include a rule on “unfair exploitation” or “gross disparity” (depending on the text), which has led to a state of widespread acceptance of the desirability of incorporating a similar rule at the local legislative level. This has also been the case in the sphere of contract law in Spain, specifically in the areas of State law and Catalan law, each tributary to a radically opposed tradition regarding the matter of contractual imbalance in exchange contracts. This article analyses the treatment given to this issue in the various proposals for a new contract law, with particular attention to the State and Catalan regulatory proposals in the sphere of Spanish law.

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Núria Ginés Castellet, «La ventaja o explotación injusta en el ¿futuro? Derecho contractual. », InDret 4.16