4.17

Problemas regulatorios y competenciales de la objeción de conciencia farmacéutica

La objeción de conciencia farmacéutica ha sido objeto de una reciente sentencia del Tribunal Constitucional donde, en línea con la jurisprudencia ordinaria de los últimos tiempos, ha establecido una vinculación entre este derecho y la libertad de pensamiento del art. 16.1 CE que le permite dotarlo de una enorme fuerza expansiva, basada también en una nada clara consideración de las normas deontológicas de la profesión. Esto añade nuevas dificultades a un panorama de por sí complejo desde el punto de vista normativo donde, ante el silencio de la Ley estatal, algunas Comunidades Autónomas han optado por regular el derecho de los profesionales a pesar de no contar con una habilitación clara para ello, originándose una situación de desigualdad entre los distintos territorios. Frente a esto, se impone la necesidad de abordar la cuestión tanto desde una perspectiva material, analizando cómo compatibilizar el derecho de los profesionales con la correcta satisfacción de un servicio público y la garantía de los que corresponden a los pacientes, como formal, identificando cuál es el título competencial adecuado para dictar la pertinente regulación y analizando las consecuencias que en relación a la posible aplicación de la cláusula del art. 149.1.1ª de la Constitución puede tener la caracterización de la objeción de conciencia como derecho fundamental en este supuesto.

Regulatory and competence issues abut pharmacists’ conscientious objection

Pharmacists’ conscientious objection has been the subject of a recent judgement of the Constitutional Court, where, according to last case law from the ordinary courts, has established a connection between this right and the freedom of thought recognized in Art. 16.1 of the Constitution. This allows the Court to endow the right with an enormous expansive force, based also in an unclear consideration of the rules of professional ethics. This makes even more difficult an already complex situation, where the state law is silent on pharmacists’ conscientious objection and some Autonomous Regions have regulated it despite the lack of a clear competence to do it, creating an uneven situation between territories. To deal with this situation, there is a need for addressing the matter considering both the formal issues, identifying which territorial level has the material competence over this right as well as the possible regulatory intervention of the State, and the material ones, analysing how this professional right can be made compatible with the right satisfaction of the public service concerned and the protection of patients’ ones.

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Daniel Capodiferro Cubero, «Problemas regulatorios y competenciales de la objeción de conciencia farmacéutica. », InDret 4.17